Skip to main content

(Resolución de 8 de marzo de 2024, celebrado el 20 de julio de 2024).

Dificultad 2 de 5

TEMA: ARRENDAMIENTOS 

ENUNCIADO SUPUESTO 2

El 1 de abril de 20X0 GI firma un contrato con un Ayuntamiento para arrendarle baterías para almacenar energía. El Ayuntamiento usará las baterías para cargar una parte de sus vehículos con los que presta diversos servicios públicos (vigilancia, limpieza, movilidad). Las baterías tienen un valor de 500.000 euros y se estima que tengan una vida útil de 5 años (las especificaciones técnicas indican entre 4 y 6 años según condiciones de uso). El contrato de arrendamiento tiene una duración de 5 años, con un valor residual garantizado de 50.000 euros. El Ayuntamiento se compromete a hacer pagos anuales de 110.000 euros
anuales, pagaderos al final de cada año. La tasa implícita del contrato de arrendamiento es el 6,05% anual.

No existe opción de compra, pero al término del contrato las baterías se devuelven y puede firmarse uno nuevo con unas baterías nuevas.

SE PIDE:

1. Clasifique el contrato de leasing como financiero u operativo según la normativa contable española. Explique su respuesta con argumentos económicos.
2. Prepare los asientos contables para registrar el contrato durante el primer año, asumiendo que fuera un (1) arrendamiento financiero y (2) arrendamiento operativo.
3. ¿Qué debería contabilizar G1 al término del contrato si (1) decide entregar las baterías y no renovar el contrato, (2) renovar el contrato por otro nuevo con las mismas condiciones?

*El Tribunal aclaró durante la celebración del examen que su intención era que se registrase la operación desde el punto de vista del arrendatario.

SOLUCIÓN SUPUESTO 2

1. Clasifique el contrato de leasing como financiero u operativo según la normativa contable española. Explique su respuesta con argumentos económicos.

Lo primero que tenemos que tener en cuenta es que las baterías son un inmovilizado material amortizable. Para que su arrendamiento pueda ser calificado como financiero, es necesario que se se transfieran al arrendatario de manera sustancial todos los riesgos y beneficios inherentes a la propiedad del activo. Para ello, y de acuerdo con la Norma de Registro y Valoración 8ª.1 del Plan General Contable, basta con que se cumpla cualquiera de las circunstancias que se enumeran en dicha Norma:

 · Puesto que la duración del contrato de arrendamiento (5 años) cubre la mayor parte del periodo de la vida económica de las baterías (entre 4 y 6 años), podemos concluir que contablemente el arrendamiento debe calificarse como financiero.

2. Prepare los asientos contables para registrar el contrato durante el primer año, asumiendo que fuera un (1) arrendamiento financiero y (2) arrendamiento operativo.

1. Arrendamiento financiero:

Debemos dar de alta el inmovilizado arrendado por el menor valor entre:

· Valor razonable inicial = 500.000€ (enunciado)

· Valor Actual de los Pagos Mínimos = [110.000 x a5 / 6,05%] + [50.000 x (1,0605)^(-5)]* = [110.000 x [(1-(1,0605)^(-5)/0,0605] + [50.000 x (1,0605)^(-5)] = 462.730,43 + 37.274,91 = 500.005,34€ —> redondeamos a 500.000€ (coincidente con su VR).

*Incluimos el valor residual porque nos indican expresamente que ha sido garantizado.

CUADRO DE AMORTIZACIÓN

FECHAPAGOSINTERESESAMORTIZACIÓN PRINCIPALCAPITAL PENDIENTE
1/4/20X00,000,000,00500.000,00
31/12/20X00,0022.687,500,00500.000,00
1/4/20X1110.000,007.562,5079.750,00420.250,00
1/4/20X2110.000,0025.425,1384.574,88335.675,13
1/4/20X3110.000,0020.308,3589.691,65245.983,47
1/4/20X4110.000,0014.882,0095.118,00150.865,47
1/4/20X5160.000,009.127,36150.872,64-7,17

– A 01/04/20X0 por la firma del contrato de arrendamiento (reconocimiento del activo y reconocimiento de la deuda):

500.000   Otro inmovilizado material (219) 
a
Acreedores por arrendamiento financiero a corto plazo (524)  103.724,66  (110.000 x (1,0605)^(-1))
Acreedores por arrendamiento financiero a largo plazo (174)   396.275,34 (por diferencias)

– A 31/12/20X0 por el devengo de los intereses y la amortización del activo:

22.687,5 (500.000 x 0,0605 x 9/12 meses)   Intereses de deuda (662)   a
Acreedores por arrendamiento financiero a corto plazo (524)   22.687,5

75.000 (500.000 x 1/5 años x 9/12 meses)   Amortización del IM (681)   a
Amortización acumulada de otro IM (2819)   75.000

2. Arrendamiento operativo:

– A 1/4/20X0, por la firma del contrato, no procedería registro contable en el Libro Diario ya que no se produce ningún pago y no se ha devengado aún ninguna parte del gasto por arrendamiento.

– A 31/12/20X0, por el registro del devengo del gasto por arrendamiento devengado hasta ese momento:

82.500 (110.000 x 9/12 meses) Arrendamientos y cánones (621) a

Acreedores por prestaciones de servicios (410) 82.500

3. ¿Qué debería contabilizar G1 al término del contrato si (1) decide entregar las baterías y no renovar el contrato, (2) renovar el contrato por otro nuevo con las mismas condiciones?*

*Entiendo que nos preguntan por el caso en que el contrato se calificase como arrendamiento financiero, de acuerdo con la calificación justificada en el primer apartado del supuesto.

1. No renueva el contrato:

– A 1/4/20X5 por el devengo de los intereses de 20X5, el pago de la última cuota junto con el valor residual, la amortización del activo y la baja del mismo:

2.281,84 (9.127,36 del cuadro x 3/12 meses) Intereses de deuda (662)   a
Acreedores por arrendamiento financiero a corto plazo (524) 2.281,84

160.000 (110.000 + 50.000) Bancos e instituciones de crédito c/c, vista (572) a

Acreedores por arrendamiento financiero a corto plazo (524) 160.000

25.000 (500.000 x 1/5 años x 3/12 meses)   Amortización del IM (681)   a
Amortización acumulada de otro IM (2819) 25.000

500.000 Amortización acumulada de otro IM (2819) a

Otro inmovilizado material (219) 500.000

2. Renueva el contrato:

Se repetirían los mismos asientos del apartado anterior, y adicionalmente registraría la firma del nuevo contrato que, si se mantienen exactamente las mismas condiciones que las del anterior, replicaríamos el asiento de alta del apartado 2.1 de este supuesto:

500.000   Otro inmovilizado material (219) 
a
Acreedores por arrendamiento financiero a corto plazo (524)  103.724,66  (110.000 x (1,0605)^(-1))
Acreedores por arrendamiento financiero a largo plazo (174)   396.275,34 (por diferencias)

Para preparar tu examen de contabilidad de tu oposición y/o obtener orientación sin compromiso, puedes contactarme para iniciar un curso adaptado a tus necesidades y nivel. 

Si deseas realizar la preparación por tu cuenta, puedes conseguir los materiales aquí.

Para obtener recursos gratis para el estudio de tus oposiciones, puedes acceder al apartado de descargas de mi web.