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CONVOCATORIA RESOLUCIÓN DE 20 DE DICIEMBRE DE 2024 (BOE 28-12-2024). CELEBRADO EL 24-05-2025.

ENUNCIADO

SUPUESTO 2. MECANIZADOS PUERTO

1.- El día 1 de enero de 2X24 enajena una maquina adquirida en el ejercicio 2X18 por importe de 1.000.000 de euros, y que a esa fecha tiene una amortización acumulada de 800.000 euros. por importe de 150.000 euros. El cobro se producirá, por banco, en dos plazos con vencimiento el 31 de diciembre de este año y del próximo, con pagos iguales de 80.000 euros.

2.- Con fecha 2 de enero de 2X24, determinada herramienta y utillaje que ya no se utiliza en la actividad, que fue adquirida por importe global de 50.000 euros y que está amortizada en un 80 % es donada a una entidad en la que participa en un 25 %.

3.- El 1 de julio de 2X24, Para financiar la adquisición de dos vehículos, y ante la falta de financiación se decide la emisión de unos bonos no cotizados con las siguientes condiciones:

– Importe emisión: 200.000 euros

– Fecha de reembolso: 1 de julio de 2X26

– Gastos de emisión: 2.500 euros

– Valor de reembolso: 205.000 euros

– Cupón anual: 7.500 euros

4.- Un vehículo que es dedicado al reparto tiene un accidente por el cual es declarado como siniestro total. Fue adquirido por un importe de 75.000 euros, estando amortizado a la fecha del accidente en un 75 %. La entidad aseguradora, reconoce que no hay un valor mínimo asegurado y le ofrece inicialmente, 16.000 euros. No estando la entidad conforme con la indemnización, recurre ante los Tribunales de Justicia, quienes fallan a favor de la entidad, condenando a la entidad aseguradora a una indemnización de 19.000 euros. Dicha cantidad es abonada por banco.

5.- Con fecha 17 de diciembre de 2X21 se adquirió una construcción en la que se instalaron las oficinas de la entidad. El valor de adquisición de las mismas fue de 670.000 euros, siendo el valor del terreno un 50 % del importe. Para ello se solicitó a una entidad bancaria un préstamo hipotecario por importe de 550.000 euros.

Habiéndose reducido de forma muy sustancial los ingresos durante el presente ejercicio, y considerando que en los próximos ejercicios los mismos no van a verse incrementados, con fecha 12 de diciembre de 2X24, se decide una reducción de costes, por lo que se acuerda prescindir de estas oficinas. Ante esta situación y considerando que va a ser muy difícil hacer frente al pago de las cuotas del préstamo se llega a un acuerdo con la entidad bancaria para entregar estas oficinas en dación en pago y cancelar la deuda. A fecha del acuerdo las oficinas estaban amortizadas por un importe de 30.000 euros, y préstamo pendiente de abonar es de 500.000 euros.

Se acuerda solicitar la tasación de un perito independiente para la valoración de esta operación corriendo con los gastos la entidad bancaria. Finalmente, la valoración efectuada por el perito sobre esta propiedad inmobiliaria es de 700.000 euros.

SE PIDE:

  • Cálculo de la emisión de los bonos con su cuadro de amortización.
  • Anotaciones contables que se deduzcan de la información suministrada correspondiente al ejercicio 2X24.

En la resolución del supuesto deberá tener en cuenta lo siguiente:

  • No es necesario que utilice las cuentas de los grupos ocho y nueve del Plan General de
  • Contabilidad. No obstante, si lo considera oportuno puede hacerlo.
  • En caso de que el opositor estime que no es necesaria anotación contable en algún punto
  • deberá hacerlo constar.
  • En las respuestas deberán identificarse claramente las cuentas de cargo y de abono, sin que
  • sea suficiente limitarse a señalar códigos de cuentas exclusivamente.
  • No deberán tenerse en cuenta las implicaciones fiscales.

SOLUCIÓN

Vamos a resolver los apartados del supuesto de forma correlativa, tal como figuran en el enunciado, incluyendo en el apartado 3 el cálculo de la emisión de bonos y su cuadro de amortización, como pide la primera parte del “trabajo a realizar”

Punto 1

El 1-1-2X24 se vende una máquina adquirida seis años atrás. Los datos de la operación son:

ConceptoImporte
Precio de adquisición1.000.000
Amortización acumulada800.000
VALOR CONTABLE200.000
Precio de venta150.00

El crédito por la venta se percibirá mediante dos cobros de 80.000 € cada uno los días 31-12, el primero de ellos a corto plazo y el otro a largo.

La valoración de estos créditos, de acuerdo con lo dispuesto en el punto 2.2 de la NRV 9ª del PGC, será a coste amortizado. Indica dicho apartado que se incluirán en la categoría de Activos financieros a coste amortizado los “créditos por operaciones no comerciales”, que proceden de operaciones de préstamo o créditos concedidos por la empresa.

Inicialmente, se valorarán por su valor razonable, que, salvo evidencia en contrario, será el precio de la transacción.

El precio de venta ha sido de 150.000 €, por lo que estableceremos la siguiente igualdad con el objetivo de obtener el tipo de interés efectivo:


El tipo ie = 4,413%

El cuadro de amortización y aplicación del coste amortizado será:

FechaCuotaInteresesAmortizaciónCapital vivo
1-1-2×24                  –   €   150.000,00 €
31-12-2×24   80.000,00 €    6.619,04 €    73.380,96 €     76.619,04 €
31-12-2×25   80.000,00 €    3.380,96 €    76.619,04 €                    –   €

Los asientos a realizar serán:

  DH
281Amortización Acumulada inmovilizado material800.000,00 
543Créditos a c/p por enajenación de inmovilizado73.380,96 
253Créditos a l/p por enajenación de inmovilizado76.619,04 
671Pérdidas procedentes del inmovilizado material50.000,00 
213Maquinaria 1.000.000,00

El 31-12-2X24 cobrará la primera de las cuotas del crédito anterior. Devengará, en primer lugar, los intereses correspondientes aplicando el coste amortizado:

  DH
543Créditos a c/p por enajenación de inmovilizado6.619,04 
762Ingresos de créditos 6.619,04
  DH
572Bancos80.000,00 
543Créditos a c/p por enajenación de inmovilizado 80.000,00

Seguidamente, reclasificará a corto plazo el crédito que vence el año próximo:

  DH
543Créditos a c/p por enajenación de inmovilizado76.619,04 
253Créditos a l/p por enajenación de inmovilizado 76.619,04

Punto 2

Se trata de la donación de un inmovilizado material a una entidad asociada (25% de participación, por lo que se presume que existe influencia significativa).

Tendremos que tener en cuenta la NRV 18ª del PGC sobre subvenciones, donaciones y legales, la RICAC de 2013 sobre inmovilizado material, en su apartado 2.1 de la norma 3ª y la NRV 21ª del PGC que señala que las operaciones realizadas entre empresas del mismo grupo se valorarán a valor razonable. Se aplicará para la consideración del grupo lo dispuesto en la norma 13ª de las Normas de Elaboración de las Cuentas Anuales del PGC, donde se define con detalle las empresas que se consideran asociadas.

El apartado 2 de la NRV 18ª del PGC señala que las subvenciones, donaciones y legados otorgados por socios o propietarios serán, en la donataria, un aumento de sus fondos propios y en la donante un aumento de su participación.

La sociedad entrega un activo cuyo valor neto contable es 10.000 € (80.000 – 40.000). Como ostenta el 25% de participación, ese porcentaje será un aumento de su participación y el resto se tratará como una donación a un tercero no vinculado. Suponiendo que el valor de mercado coincide con el valor contable, el asiento será:

  DH
240Participaciones a l/p en empresas vinculadas2.500,00 
678Gastos excepcionales7.500,00 
281Amortización acumulada inmovilizado material40.000,00 
214Utillaje 50.000,00

Punto 3

Se trata de la emisión de un bono con un periodo de duración de 2 años, con un cupón anual de 7.500 € y con gastos de emisión de 2.500 €. De acuerdo con la NRV 9ª.3 PGC, se deben calificar como Pasivo Financiero a Coste Amortizado.

Tendremos por tanto que obtener el tipo de interés efectivo para elaborar el cuadro de amortización y aplicar el criterio de coste amortizado.

El importe que la sociedad percibe es: 200.000 – gastos de emisión 2.500 = 197.500 €

El reembolso será dentro de dos años por un valor de reembolso de 205.000 € más el cupón anual de 7.500 €, es decir, 212.500 €.

La igualdad que nos proporciona el tipo efectivo es:

El valor de tie = 5,644% y el cuadro de amortización resultante:

FechaCuotaInteresesAmortizaciónCapital vivo
1-7-2×24                  –   €   197.500,00 €
1-7-2×257.500,00 €    11.147,08 €    -3.647,08 €     201.147,08 €
1-7-2×26   212.500,00 €11.352,92 €    201.147,08 €                    –   €

El 1-7-2X24 hará el asiento de emisión de los bonos y recepción del efectivo:

  DH
572Bancos197.500,00 
177Obligaciones y bonos 197.500,00

El 31-12-2X24 devengará el interés aplicando el tipo efectivo. Dado que se trata de medio año, imputaremos la mitad de los intereses calculados en el cuadro:

  DH
661Intereses de obligaciones y bonos5.573,54 
177Obligaciones y bonos 5.573,54

Punto 4

Uno de nuestros vehículos ha sufrido un accidente que nos obliga a tener que darlo de baja por siniestro. El valor contable de dicho activo es: 75.000 – 56.250 = 18.750 €.

La contabilización de este hecho nos viene regulada en el apartado 2.3 Baja por siniestro de la Norma 4ª de la RICAC de 2013 sobre el inmovilizado material.

En dicha norma se establece que se dará de baja el activo mediante el reconocimiento de un gasto en la cuenta de pérdidas y ganancias.

Cuando el activo esté asegurado y la compensación a recibir sea cierta o segura, se contabilizará el ingreso por dicho importe.

Hasta que no desaparezca la incertidumbre asociada a la indemnización que finalmente se acuerde, la empresa sólo podrá contabilizar un ingreso por el importe de la pérdida incurrida, salvo que el importe mínimo asegurado fuera superior, en cuyo caso, el ingreso se registrará por este último valor, siempre y cuando la entidad aseguradora hubiera aceptado el siniestro.

El valor mínimo asegurado que nos ofrece la compañía aseguradora es 16.000 €. En el momento del siniestro (y antes de la resolución judicial), registraremos el derecho de cobro y el ingreso excepcional.

En el día momento del siniestro, registrará:

  DH
281Amortización del inmovilizado material56.250,00 
678Gastos excepcionales18.750,00 
213Elementos de transporte 75.000,00

Cuando se recibe la aceptación de la indemnización por parte de la compañía de seguros:

  DH
440Deudores por indemnización16.000,00 
778Ingresos excepcionales 16.000,00

Cuando recibimos el fallo judicial en el que se reconoce un derecho a percibir 19.000 €:

  DH
440Deudores por indemnización3.000,00 
778Ingresos excepcionales 3.000,00

Posteriormente, cuando se recibe el ingreso por bancos:

572Bancos19.000,00 
440Deudores por indemnización 19.000,00

Punto 5

Los datos fundamentales para la resolución de este ejercicio son:

Precio adquisición de la construcción335.000
Precio adquisición del terreno335.000
Precio adquisición del inmueble670.000
Amortización acumulada30.000
Valor contable640.000
Saldo vivo del préstamo500.000
Valor razonable del inmueble700.000

De acuerdo con lo establecido en el apartado 2.5 de la Norma 4ª de la RICAC de 2013 del inmovilizado material, los bienes entregados como dación en pago de una deuda, se darán de baja por su valor en libros, circunstancia que dará lugar a la cancelación del pasivo financiero (préstamo), con el reconocimiento de un resultado. La diferencia entre el valor razonable del activo y el valor en libros se calificará como resultado de explotación, y la diferencia entre el valor del pasivo y el valor razonable como un resultado financiero.

Por tanto, al resultado de explotación llevaremos un beneficio de 60.000 € (700.000 – 640.000).

Al resultado financiero llevaremos una pérdida de 200.000 € (500.000 – 700.000).

  DH
281Amortización del inmovilizado material30.000 
170Deudas a l/p con entidades de crédito500.000 
66Pérdidas en dación en pago de deudas200.000 
771Beneficios procedentes del inmovilizado 60.000
210Terrenos y bienes naturales 335.000
211Construcciones 335.000

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