A partir del artículo 272 y siguientes del Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, se ha elaborado este esquema de Aplicación del Resultado, orientado a la resolución de supuestos de examen de esta temática.

👉🏼 NOTA: Fuera del caso del artículo 273.2 TRLSC (PN ajustado < CS mercantil), la compensación de pérdidas de ejercicios anteriores con cargo al beneficio se perfila como una operación totalmente voluntaria y, por tanto, solo se registrará cuando exista un acuerdo expreso de la sociedad.

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