REGISTRO DE UN ARRENDAMIENTO OPERATIVO CON RENTAS ESCALONADAS Y EFECTO FINANCIERO (EXPLICACIÓN BASADA EN EL SEGUNDO SUPUESTO DEL EXAMEN DE CONTABILIDAD DE ACCESO AL CSIHE, CONVOCATORIA 2021, CELEBRADO EL 8 DE OCTUBRE DE 2022: TI, SA).
Cuando los pagos de un arrendamiento no son lineales en el tiempo, tenemos que aplicar la teoría de las rentas escalonadas, basada en separar el devengo del gasto del arrendamiento del pago de las cuotas, al no existir una correspondencia entre ambas: el gasto se devenga de manera lineal o constante a lo largo de la duración del contrato, pero los pagos acordados no son constantes.
Norma de Registro y valoración 8.2, último párrafo, del PGC: “Cualquier cobro o pago que pudiera hacerse al contratar un derecho de arrendamiento calificado como operativo, se tratará como un cobro o pago anticipado por el arrendamiento que se imputará a resultados a lo largo del periodo de arrendamiento a medida que se cedan o reciban los beneficios económicos del activo arrendado”.
Pues bien, si la duración del contrato de arrendamiento es superior al año, nos pueden pedir que reflejemos en nuestra solución el efecto financiero de esos pagos. Existen varias formas de calcular ese efecto financiero, según el autor o manual que consultemos. La idea esencial consiste en que, cuando tenemos en cuenta el efecto financiero, el importe que cada año registramos a la (621) en concepto de gasto por arrendamiento NO ES CONSTANTE (como sí pasa cuando no tenemos en cuenta el efecto financiero), ya que una parte de ese importe constante del gasto por arrendamiento se va a considerar resultado financiero.
Empezaremos nuestra solución actualizando todos los pagos del contrato a la fecha en que se efectúa el primer pago (renta variable prepagable). Ese valor actual será el coste amortizado inicial. Por tanto, a la fecha del primer pago no se registra efecto financiero porque aún no ha dado tiempo a que se devengue. En consecuencia, registraremos el primer pago abonando Bancos (572), devengamos el gasto por arrendamiento operativo en el debe a la (621). La diferencia, si debe cuadrarse por el DEBE, es un gasto porque has pagado más del gasto devengado, registrándose la cuenta de Gasto anticipado (480); en cambio, si debe cuadrarse por el HABER, nos surgirá un pasivo porque hemos pagado menos del gasto devengado, pudiéndose llevar a la cuenta Acreedores por prestación de servicios (410).
A partir de ahí comenzará a registrarse un resultado financiero, que puede ser ingreso o gasto financiero según si, respectivamente, los pagos realizados acumulados superan al gasto lineal total devengado del arrendamiento hasta el momento del registro
A continuación, lo muestro con un ejemplo, basado en el supuesto 2 del examen de contabilidad de acceso al CSIHE (convocatoria 2021, celebrado el 8 de octubre de 2022):
ENUNCIADO
El 1/1/X5 firmó con la empresa LU,SA, un contrato de alquiler de unas grúas por un periodo de cuatro años, acordándose los siguientes pagos:
• 31/12/X5: 9.000
• 31/12/X6: 10.000
• 31/12/X7: 11.000
• 31/12/X8: 12.000
SE PIDE:
Sabiendo que el tipo de interés incremental es el 8%, registre el arrendamiento cada año teniendo en cuenta el efecto financiero.
SOLUCIÓN
– Calificación: arrendamiento operativo
– Total pagos arrendamiento = 9.000 + 10.000 + 11.000 + 12.000 = 42.000€
– Gasto anual lineal del arrendamiento operativo sin efecto financiero = 42.000 / 4 años = 10.500€
– Cuadro de amortización:
FECHA | CUOTA ANUAL CONSTANTE (1) | PAGOS (2) | DEVOLUCIÓN CAPITAL ACUMULADA (ACUMULADO DE COLUMNA PAGOS) | CAPITAL PENDIENTE (ACUMULADO “CUOTA” – ACUMULADO “PAGOS”) | INTERESES (CAPITAL PENDIENTE AÑO ANTERIOR X i) |
31/12/X5 | 10.500 | 9.000 | 9.000 | 1.500 | – |
31/12/X6 | 10.500 | 10.000 | 19.000 | 2.000* | 120** |
31/12/X7 | 10.500 | 11.000 | 30.000 | 1.500*** | 160**** |
31/12/X8 | 10.500 | 12.000 | 42.000 | 0 | 120 |
*10.500+10.500-9.000-10.000
**1.500×0,08
***10.500+10.500+10.500-9.000-10.000-11.000
****2.000×0,08
1. A 31/12/X5 por el registro del primer pago del arrendamiento operativo:
10.500 Arrendamientos y cánones (621)
a
Bancos (572) 9.000
Acreedores por prestación de servicios (410) 1.500
2. A 31/12/X6 por el registro del efecto financiero y el segundo pago del arrendamiento operativo:
10.380 (10.500 – 120) Arrendamientos y cánones (621)
120 Intereses de deudas (662)
a
Bancos (572) 10.000
Acreedores por prestación de servicios (410) 500 (10.500 – 10.000)
3. A 31/12/X7 por el registro del efecto financiero y el tercer pago del arrendamiento operativo:
10.340 (10.500 – 160) Arrendamientos y cánones (621)
160 Intereses de deudas (662)
500 (11.000 – 10.500) Acreedores por prestación de servicios (410)
a
Bancos (572) 11.000
4. A 31/12/X8 por el registro del efecto financiero y el tercer pago del arrendamiento operativo:
10.380 (10.500 – 120) Arrendamientos y cánones (621)
120 Intereses de deudas (662)
1.500 (12.000 – 10.500) Acreedores por prestación de servicios (410)
a
Bancos (572) 12.000
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